El Tribunal de la Unión Europea anula el Acuerdo agrícola UE/Marruecos.
Luxemburgo , 10/12/2015 (SPS)- El Tribunal de la Unión Europea, en una sentencia dictada hoy jueves ordenó la anulación de la Decisión del 8 de marzo de 2012 del Consejo de la Unión Europea, relativa a la conclusión de un acuerdo agrícola entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos.
Históricamente, el Frente POLISARIO, ha venido denunciando todos los acuerdos internacionales concluidos por Marruecos que se aplican en el Sahara Occidental, puesto que, en ningún caso, tiene la soberanía sobre el territorio. Después de 1975, Marruecos, se ha convertido en una potencia ocupante, mediante una operación militar e ilegal por la que se anexionó el territorio, socavando la legalidad internacional.
El Acuerdo entre la Unión Europea y Marruecos se ha aplicado, en abierta violación de la legalidad internacional, sobre el territorio del Sahara Occidental y contra la voluntad siempre reiterada del Frente POLISARIO. Por esta razón, el POLISARIO, interpuso un recurso de anulación ante el Tribunal de la Unión Europea.
La sentencia del Tribunal se refiere a una decisión del Consejo (países de la UE) de marzo de 2012, relativa a la conclusión de un acuerdo para la liberalización comercial recíproca entre los Veintiocho y Marruecos, en el ámbito de los productos agrícolas y pesqueros.
La organización Western Sahara Resource Watch valoró la decisión de los jueces europeos, que consideró "un hito en la historia de la ocupación del Sahara occidental", y una "buena noticia" para la población saharaui.
"Si la UE quiere negociar con los productos del Sáhara Occidental, tiene que consultar primero a la población de ese territorio, no a Marruecos", señaló la organización.
"Esta sentencia demuestra lo claro que es el caso del Sahara Occidental desde el punto de vista legal. Ni Marruecos ni la UE tienen el derecho de explotar los recursos", añadió.
La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, publicada hoy, recoge literalmente que “..la Decisión del Consejo, de 8 de marzo de 2012, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre medidas recíprocas de liberalización del comercio de productos agrícolas, productos agrícolas transformados, pescado y productos de la pesca, sustitución de los Protocolos nos 1, 2 y 3 y los anexos de estos Protocolos, y modificación del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra, es anulada, ya que incluye la aplicación de dicho acuerdo al Sáhara Occidental.”
Históricamente, el Frente POLISARIO, ha venido denunciando todos los acuerdos internacionales concluidos por Marruecos que se aplican en el Sahara Occidental, puesto que, en ningún caso, tiene la soberanía sobre el territorio. Después de 1975, Marruecos, se ha convertido en una potencia ocupante, mediante una operación militar e ilegal por la que se anexionó el territorio, socavando la legalidad internacional.
El Acuerdo entre la Unión Europea y Marruecos se ha aplicado, en abierta violación de la legalidad internacional, sobre el territorio del Sahara Occidental y contra la voluntad siempre reiterada del Frente POLISARIO. Por esta razón, el POLISARIO, interpuso un recurso de anulación ante el Tribunal de la Unión Europea.
La sentencia del Tribunal se refiere a una decisión del Consejo (países de la UE) de marzo de 2012, relativa a la conclusión de un acuerdo para la liberalización comercial recíproca entre los Veintiocho y Marruecos, en el ámbito de los productos agrícolas y pesqueros.
La organización Western Sahara Resource Watch valoró la decisión de los jueces europeos, que consideró "un hito en la historia de la ocupación del Sahara occidental", y una "buena noticia" para la población saharaui.
"Si la UE quiere negociar con los productos del Sáhara Occidental, tiene que consultar primero a la población de ese territorio, no a Marruecos", señaló la organización.
"Esta sentencia demuestra lo claro que es el caso del Sahara Occidental desde el punto de vista legal. Ni Marruecos ni la UE tienen el derecho de explotar los recursos", añadió.
La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, publicada hoy, recoge literalmente que “..la Decisión del Consejo, de 8 de marzo de 2012, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre medidas recíprocas de liberalización del comercio de productos agrícolas, productos agrícolas transformados, pescado y productos de la pesca, sustitución de los Protocolos nos 1, 2 y 3 y los anexos de estos Protocolos, y modificación del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra, es anulada, ya que incluye la aplicación de dicho acuerdo al Sáhara Occidental.”